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Certificado de Discapacidad

Automotores - Ley N° 19.279

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¿SABÍA USTED QUE.....

...podrán requerir el beneficio de FRANQUICIA IMPOSITIVA INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO u ORGANISMOS ESTATALES que transporten personas con discapacidad, para la adquisición de un vehículo 0 km (NO COMPRENDE AUTOMOVILES USADOS) cuya capacidad no sea inferior a ocho (8) personas sentadas o transportadas en sillas de ruedas o similares?

...solamente se conceden bajo el régimen de franquicia impositiva, automotores standard, el del menor valor dentro de su línea de producción y el modelo básico sin accesorios opcionales?

...el Certificado de Discapacidad NO ES REQUISITO para el trámite de FRANQUICIA IMPOSITIVA?

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COMPRA DE VEHÍCULO - INSTITUCIONES ASISTENCIALES SIN FINES DE LUCRO U ORGANISMOS ESTATALES
Manual de Procedimientos del Área de Automotores

Las Instituciones Asistenciales (aquellas de carácter publico o privado que brinde servicios de rehabilitaron medica, educacional, laboral social –o de mantenimiento de personas con discapacidad profunda o con deficiencias múltiples- a personas con discapacidad) podrán acceder al régimen de franquicia impositiva, para adquisición de un automotor especialmente adaptado, cuya capacidad no sea inferior a ocho (8) pacientes sentados o transportados en sillas de ruedas o similares.

Como primer paso para el inicio del trámite, puede descargar los REQUISITOS, el INSTRUCTIVO y el formulario de SOLICITUD DE FRANQUICIA (deberá completar este último en su totalidad, con una misma tinta, sin enmiendas ni testaduras).

Tanto la SOLICITUD DE FRANQUICIA como TODOS LOS REQUISITOS, podrán ser presentados en la MESA DE ENTRADAS de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, sito en la calle RAMSAY 2250 (C1428BAJ) CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de lunes a viernes de 8.30 a 13.30 hs, previo cotejo y autorización por parte del personal de la Oficina de Automotores. También puede remitir la documentación por correo postal.

ESTE TRÁMITE NO PUEDE SER REALIZADO POR EMAIL, TELÉFONO O FAX.

Recuerde: a través de la Disposición Nº 1772/2009 (B.O. 09/10/2009) se aprobó el Manual de Procedimiento para el Trámite de Franquicia Impositiva para Instituciones Asistenciales. Dicho manual contiene detalladamente todos los pasos y plazos estipulados para este trámite.

Compra del Automotor: otorgada la Franquicia por este Organismo, el beneficiario podrá adquirir el vehículo sin pagar el impuesto al valor agregado (IVA) en caso de tratarse de un automóvil nacional y el pago del derecho de importación, de las tasas de estadística, por servicio portuario, impuestos internos y del valor agregado, en caso de tratarse de un automóvil importado.

INFORMACIÓN SOBRE EL TRÁMITE

- Toda presentación hecha en fotocopia deberá estar certificada por la autoridad competente (Escribano, Policía o Juez de Paz).

- Las facturas que provengan del exterior deberán estar legalizadas por el agregado comercial del país de origen, redactadas en idioma nacional o traducidas por un traductor público nacional en caso de encontrarse en idioma extranjero.

- Para el caso que el interesado actúe por medio de un gestor o un apoderado, éste deberá contar con un poder expedido por autoridad competente (Policía, Juez de Paz o Escribano Público).

 
DURACIÓN DEL TRÁMITE
El trámite dura aproximadamente 35 (treinta y cinco) días hábiles, duración que depende de la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida de la Administración y de la necesidad de cumplimentar con requerimientos por ella realizados.
 

LEA ATENTAMENTE: Este Organismo no posee el listado de vehículos homologados por la Secretaria de Industria ni de las marcas que venden vehículos bajo el régimen de la Ley N° 19.279 y modificatorias. Asimismo, se hace saber que este Servicio no trabaja con concesionarios ni gestores, quedando la elección de los mismos a cargo del interesado.

Para mayor información comuníquese de lunes a viernes de 09:00 a 12:00 hs. al 011 4784-2018 o bien al conmutador al 011 4783-8144 / 9077 / 4354, Int. 31.

IMPORTANTE: En caso de tener un vehículo adquirido por la franquicia, con carácter previo al requerimiento de un nuevo automotor, deberá solicitarse la libre disponibilidad del primero. Vale aclarar que la libre disponibilidad por tiempo transcurrido no es automática, y en todos los casos debe ser requerida por ante este Organismo.
 
 
SOLICITUD, REQUISITOS E INSTRUCTIVOS
Requisitos para Organismos Gubernamentales
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Solicitud de Franquicia para Instituciones Ley N° 19.279

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Requisitos para Instituciones Gubernamentales

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Requisitos para Instituciones No Gubernamentales

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Instructivo para Instituciones que cuenten con Fondos de la Ley Nº 25.730

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MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA LEY N° 19.279:
Beneficios de la Ley N° 19.279
Compra de Vehículos para personas con discapacidad
Compra de Vehículos para Instituciones Asistenciales sin fines del Lucro u Organismos Estatales
Renovación de la Franquicia
Modificación de la Disposición del otorgamiento de la Franquicia
Libre Disponibilidad
Trámite de Símbolos (Logos) y Exención al pago de la Patente
Información de Organismos Públicos relacionados con estos Beneficios
Información para residentes en el Interior del País
Manual de Procedimientos del Área de Automotores
Dirección:
Ramsay 2250 o Dragones 2201
Ciudad:
(C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfonos:
011 4784-2018
Conmutador:
011 4783-8144 / 9077 / 4354
Interno:
31 (Franquicia) y 45 (Símbolos)
E-mail:
 
Días y horarios de Atención:
Personalizada al Público: Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 hs.
Personalizada a Profesionales (Gestores): Miércoles de 09:00 a 12:00 hs.
Teléfonica/Fax (4784-2018) Lunes a Viernes de 08:00 a 12:00 hs.
Recepción FAX: Lunes a Viernes de 12:00 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 31 (Franquicia) Lunes a Viernes de 08:30 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 45 (Símbolos) Lunes a Viernes de 14:00 a 16:00 hs.
 
Servicio Nacional de Rehabilitación - Ramsay 2250 o Dragones 2201 - (C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 011 4783-8144 / 9077 / 4354