Las
Instituciones Asistenciales (aquellas de carácter publico
o privado que brinde servicios de rehabilitaron medica, educacional,
laboral social –o de mantenimiento de personas con discapacidad
profunda o con deficiencias múltiples- a personas con
discapacidad) podrán acceder al régimen de franquicia
impositiva, para adquisición de un automotor especialmente
adaptado, cuya capacidad no sea inferior a ocho (8) pacientes
sentados o transportados en sillas de ruedas o similares.
Como primer paso para el inicio del trámite, puede descargar
los REQUISITOS, el INSTRUCTIVO y el formulario de SOLICITUD DE
FRANQUICIA (deberá completar este último en su
totalidad, con una misma tinta, sin enmiendas ni testaduras).
Tanto la SOLICITUD DE FRANQUICIA como TODOS LOS REQUISITOS,
podrán
ser presentados en la MESA DE ENTRADAS de este SERVICIO NACIONAL
DE REHABILITACIÓN, sito en la calle RAMSAY 2250 (C1428BAJ)
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de lunes a viernes de
8.30 a 13.30 hs, previo cotejo y autorización por parte
del personal de la Oficina de Automotores. También puede
remitir la documentación por correo postal.
ESTE TRÁMITE NO PUEDE SER REALIZADO POR EMAIL, TELÉFONO
O FAX.
Recuerde: a través de la Disposición Nº 1772/2009
(B.O. 09/10/2009) se aprobó el Manual de Procedimiento
para el Trámite de Franquicia Impositiva para Instituciones
Asistenciales. Dicho manual contiene detalladamente todos los
pasos y plazos estipulados para este trámite.
Compra del Automotor: otorgada la Franquicia por este
Organismo, el beneficiario podrá adquirir el vehículo sin
pagar el impuesto al valor agregado (IVA) en caso de tratarse
de un automóvil nacional y el pago del derecho de importación,
de las tasas de estadística, por servicio portuario, impuestos
internos y del valor agregado, en caso de tratarse de un automóvil
importado.