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Certificado de Discapacidad

Automotores - Ley N° 19.279

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¿SABÍA USTED QUE.....
.....no se requerirá Licencia para Configuración de Modelo para autorizar la importación ni la circulación de los vehículos correspondientes a las personas con discapacidad que hubiesen sido declaradas beneficiarias de la Ley N° 19.279 por la Autoridad de Aplicación con anterioridad a la vigencia de la Disposición del Servicio Nacional de Rehabilitación N° 847 del 5 de mayo de 2000?. Beneficios de la Ley N° 19.279. Resolución 15/2002
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SÍMBOLOS INTERNACIONAL Y EXENCIÓN DEL PAGO DE LA PATENTE

El Símbolo Internacional de Acceso sirve para individualizar el vehículo que conduce a una persona con discapacidad, otorgándole con ello, el libre tránsito y estacionamiento (el cual se encuentra regularizado por la normativa de cada municipio) mientras que la Constancia de Exención del pago de patentes, debe ser presentada ante Rentas de su domicilio para solicitar la eximición correspondiente. Ambos trámites se realizan en forma conjunta.

Una vez reunidos todos los REQUISITOS y completa la SOLICITUD (realizada en una sola tinta, sin enmiendas ni testaduras) podrá ingresarlos en la mesa de entradas de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, a la OFICINA DE AUTOMOTORES, con domicilio en la calle RAMSAY 2250 (C1428BAJ) CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, de lunes a viernes de 8.30 a 13.30 hs previo cotejo por personal de la Oficina de Automotores.

REQUISITOS
Según cada caso en particular, el interesado deberá presentar la siguiente documentación:
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Solicitud de Símbolos y Patente

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Requisitos para este trámite

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Versión PDF Instructivo para la realización del Trámite DESCARGAR

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Requisitos para Instituciones Asistenciales y Organismos Gubernamentales
A
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Solicitud de Símbolos

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Requisitos para la Solicitud de Símbolos

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DURACIÓN DEL TRÁMITE
El trámite dura apróximadamente entre un (1) mes, dependiendo de la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida.
 
INFORMACIÓN SOBRE EL TRÁMITE

Toda presentación hecha en fotocopia deberá estar certificada por la autoridad competente (Escribano, Policía o Juez de Paz).

En caso de no requerir la Constancia de Exención de Patentes deberá dejar constancia de ello mediante nota.

Cuando el vehículo fue adquirido bajo el régimen de la Ley Nº 19279, deberá acompañarse únicamente y como requisito excluyente, copia certificada del titulo automotor en el cual conste la leyenda que lo identifique como adquirido bajo la normativa mencionada. En ningún caso, se autorizará a conducir el vehículo a una persona distinta que la designada en la Disposición que concedió la franquicia impositiva, salvo que se requiera expresamente la extensión de la autorización de manejo.

El trámite es gratuito.

Link de Interés: http://www.registrocivil.gov.ar/areas/obr_publicas/estacionamiento/?menu_id=1359

 
MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA LEY N° 19.279:
Beneficios de la Ley N° 19.279
Compra de Vehículos para personas con discapacidad
Renovación de la Franquicia
Modificación de la Disposición del otorgamiento de la Franquicia
Libre Disponibilidad
Trámite de Símbolos (Logos) y Exención al pago de la Patente
Información de Organismos Públicos relacionados con estos Beneficios
Información para residentes en el Interior del País
 
Más Información
Dirección:
Ramsay 2250 o Dragones 2201
Ciudad:
(C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfonos:
011 4784-2018
Conmutador:
011 4783-8144 / 9077 / 4354
Interno:
31 (Franquicia) y 45 (Símbolos)
E-mail:
 
Días y horarios de Atención:
Personalizada al Público: Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 hs.
Personalizada a Profesionales (Gestores): Martes y Jueves de 08:30 a 10:30 hs.
Teléfonica/Fax (4784-2018) Lunes a Viernes de 08:00 a 12:00 hs.
Recepción FAX: Lunes a Viernes de 12:00 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 31 (Franquicia) Lunes a Viernes de 08:30 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 45 (Símbolos) Lunes a Viernes de 14:00 a 16:00 hs.
 
Servicio Nacional de Rehabilitación - Ramsay 2250 o Dragones 2201 - (C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 011 4783-8144 / 9077 / 4354