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Certificado de Discapacidad

Automotores - Ley N° 19.279

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¿SABÍA USTED QUE.....
 

...podrán requerir el beneficio de FRANQUICIA IMPOSITIVA INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO u ORGANISMOS ESTATALES que transporten personas con discapacidad, para la adquisición de un vehículo 0 km (NO COMPRENDE AUTOMOVILES USADOS) cuya capacidad no sea inferior a ocho (8) personas sentadas o transportadas en sillas de ruedas o similares?

...qué los miembros del grupo familiar conviviente deben poseer la misma dirección en su DNI?

El Certificado de Discapacidad NO ES REQUISITO para el trámite de FRANQUICIA IMPOSITIVA?

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MODIFICACIONES

La Disposición es el documento público a través del cual se concede la franquicia impositiva, la que es entregada al beneficiario en dos copias certificadas. Sin embargo, y con posterioridad al dictado de la misma, puede surgir la necesidad de modificar alguno de los datos consignados en ésta.

Estas modificaciones pueden darse a causa de:

1.- Cambio de Vehículo (solo se modificará la Disposición en el caso de que el vehículo ya no exista en el mercado o se haya dejado de fabricar).
2.- Por cambio de denominación comercial, del valor FOB o número de VIN del automotor concedido por franquicia impositiva.
 
 
REQUISITOS
Para ambos casos se debe presentar la siguiente documentación:
Devolución de los dos (2) ejemplares de la Disposición que concede el beneficio.
Nueva factura PROFORMA debidamente confeccionada y suscripta por el responsable de la concesionaria, que no supere el monto autorizado por la AFIP, la cual deberá encontrarse vigente.
Nota suscripta por el interesado requiriendo la modificación y manifestando los motivos que la fundamentan.
 
 
DURACIÓN DEL TRÁMITE
El trámite dura aproximadamente entre 30 (treinta) y 45 (cuarenta y cinco) días hábiles, duración que depende de la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida de la Administración y de la necesidad de cumplimentar con requerimientos por ella realizados.
 
 
INFORMACIÓN SOBRE EL TRÁMITE

- Toda presentación hecha en fotocopia deberá estar certificada por la autoridad competente (Escribano, Policía o Juez de Paz).

- Las facturas que provengan del exterior deberán estar legalizadas por el agregado comercial del país de origen, redactadas en idioma nacional o traducidas por un traductor público nacional en caso de encontrarse en idioma extranjero.

- Para el caso que el interesado actúe por medio de un gestor o un apoderado, éste deberá contar con un poder expedido por autoridad competente (Policía, Juez de Paz o Escribano Público). .

 
MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA LEY N° 19.279:
Beneficios de la Ley N° 19.279
Compra de Vehículos para personas con discapacidad
Compra de Vehículos para Instituciones Asistenciales sin fines del Lucro u Organismos Estatales
Renovación de la Franquicia
Modificación de la Disposición del otorgamiento de la Franquicia
Libre Disponibilidad
Trámite de Símbolos (Logos) y Exención al pago de la Patente
Información de Organismos Públicos relacionados con estos Beneficios
Información para residentes en el Interior del País
Manual de Procedimientos del Área de Automotores
Dirección:
Ramsay 2250 o Dragones 2201
Ciudad:
(C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfonos:
011 4784-2018
Conmutador:
011 4783-8144 / 9077 / 4354
Interno:
31 (Franquicia) y 45 (Símbolos)
E-mail:
 
Días y horarios de Atención:
Personalizada al Público: Lunes a Viernes de 08:30 a 13:30 hs.
Personalizada a Profesionales (Gestores): Miércoles de 09:00 a 12:00 hs.
Teléfonica/Fax (4784-2018) Lunes a Viernes de 08:00 a 12:00 hs.
Recepción FAX: Lunes a Viernes de 12:00 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 31 (Franquicia) Lunes a Viernes de 08:30 a 16:00 hs.
Conmutador - Interno 45 (Símbolos) Lunes a Viernes de 14:00 a 16:00 hs.
 
Servicio Nacional de Rehabilitación - Ramsay 2250 o Dragones 2201 - (C1428BAJ) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 011 4783-8144 / 9077 / 4354