Institución
Responsable: Sub-Secretaría para Personas con
Discapacidad
Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria
Dirección: San Jerónimo 1400 (3000) Santa Fe Tel.: 0342-4573512-4506610.
Buenos Aires 2155 (2000) Rosario Tel.: 0341- 4728166.
Cobertura por parte del Estado:
La misma obligación compete al Estado, siendo incluso el principal obligado
en lo que respecta a la cobertura de estas prestaciones. Cobertura por parte
de obras sociales provinciales de la ciudad de buenos aires, y otras no incluidas
en el sistema nacional del seguro de salud.
Las obras sociales provinciales para estar obligadas directamente por la ley
24901 a la cobertura integral, deben haberse adherido al Sistema Nacional del
Seguro de Salud.
Las que no están adheridas a éste, igualmente se encuentran obligadas
a otorgar cobertura total e integral debido a fundamentales derechos constitucionales,
que se verían violados: derecho a la igualdad, a la salud, a la integridad
física y psíquica, a la educación, a la vida, a la dignidad. Objetivo
General:
Asegurar a las personas con discapacidad carentes de
cobertura de obra social, régimen de seguridad social o de otros regímenes de protección,
la universalidad de la atención de sus necesidades de habilitación
y rehabilitación.
Beneficiarios:
Población con discapacidad de la Provincia de Santa Fe carentes de cobertura
de obra social, régimen de seguridad social o de otros regímenes
de protección.
Discapacidades
que tienen derecho a la cobertura total:
Todas la personas con discapacidad tienen derecho a la
cobertura integral de sus prestaciones básicas, la ley no requiere ningún
grado de discapacidad ni discrimina en tipos de discapacidades.
Este derecho tiene plena operatividad. Las personas con discapacidad tiene
derecho a una cobertura integral, es decir, ningún tipo de prestación
necesaria para ella escapa de la cobertura.
Bienes
y servicios:
Pago de las diferentes prestaciones que necesite el beneficiario,
a las instituciones publicas o privadas categorizadas
como tales para ser prestadores del Sistema
de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación
Integral a favor de las Personas con Discapacidad.
Localización:
Todo el territorio de la Provincia de Santa Fe.
Modalidad
de ejecución:
Los recursos humanos utilizados serán a través del área
de administración de la Sub-Secretaría para Personas con Discapacidad
y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria.
El pedido y la evaluación de la documentación de los beneficiarios,
la evaluación y la supervisión de las facturaciones de los prestadores
a cargo de la Sub-Secretaría para Personas con Discapacidad.
Criterios
de accesibilidad:
• Nota del padre, madre, tutor o encargado de la persona con discapacidad
que necesita ingresar al sistema, dirigida al Sub-Secretario Para Personas con
Discapacidad de la Provincia de Santa Fe.
• Fotocopia legalizada del DNI del beneficiario.
• Fotocopia legalizada del Certificado de Discapacidad.
• Informe Socio económico.
• Nota del Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico, Hogar,
Centro de Rehabilitación, etc., donde puede ser admitido.
Criterio
de selección:
Persona con Discapacidad en situación de vulnerabilidad,
que no posea obra social. |